Envía una carta a la defensora del pueblo contra las nuevas tasas judiciales

Hoy, el Congreso de los Diputados comienza las discusiones para aprobar las nuevas tasas judiciales que gran parte del mundo jurídico considera anticonstitucionales y un grave atentado contra nuestros derechos. No es extraño que hayan esperado hasta el día después de las elecciones gallegas y vascas.

En realidad, el debate no es tal. El PP va a pasar el rodillo de su mayoría absoluta, conseguida tras convencer a una tercera parte de los votantes de que no iban a tomar decisiones como esta.

Tan claro es que esta ley va a ser aprobada que, de hecho, los presupuestos ya la contemplan y esperan recaudar 306.091.000€ con esta medida. (50 millones más de lo que recauda la Iglesia Católica por medio del IRPF, por colocar estas cifras en un contexto). Ese es el precio de nuestro derecho a tener un acceso a la justicia.

La nueva ley consiste en introducir unas nuevas tasas judiciales. Tasas que encarecerán la justicia en varios cientos o miles de euros y que se añadirán a las tasas autonómicas que ya cobran Cataluña y Valencia (mucho más pequeñas que las nuevas, eso sí).

Ellos no hablan de “introducir nuevas tasas”, sino de “actualizar tasas”, pero no es cierto. La inmensa mayoría de estas tasas no han existido nunca.

¿Puede parecer que estamos exagerando? miremos algunos ejemplos, sacados de la página web de Verónica del Carpio Fiestas, abogada y profesora de derecho, reproducidos aquí con su permiso:

  • Pleito contra constructora sobre piso vendido sin licencia, precio 300.000€. Fijo 300€ + variable (300.000 X 0.5%) = 1.800€.  Que cada cual saque la calculadora y calcule con lo que vale su piso. Porque si vale 600.000€, su tasa solo por demanda será 3.300€ […]. Y que calcule que si pierde el pleito por apelar pagará 800+(300.000 x 0.5%), es decir, 2.300€. ¿Que usted no tiene 2.300€? Pues se queda usted sin apelación. Claro que  si  usted gana en primera instancia quien tendrá ese dinero, y además se deducirá la tasa como gasto, será la constructora; así que usted, consumidor, tendrá solo una posibilidad de ganar, cuánto lo siento, y su contrario dos.
  • La constructora del edificio al lado no respeta linderos y empieza a construir ilegalmente encima del suelo del reclamante. Por un piso de 300.000€, 1.800€ de tasa. Y añadan la apelación, en este caso y en todos, y la casación, cuando es posible.
  • Patrimonio común consistente en piso de 300.000€, apartamento en la playa de 60.000€, 35.000€ en el banco y un coche de 5.000€, total 400.000€ Cuantía tasa: fijo 300 + variable (300.000 X 0.5%) = 2.300€.  Que cada cual saque la calculadora y piense qué tendrá que pagar por esa herencia problemática que tiene pendiente.
  • Litigio por ventana ilegal abierta en un patio de vecinos entre dos comunidades -la suma de la cuantía procesal sobre la que se calcula el variable del 0,5% es el valor completo de los dos edificios dividido entre 20. No me atrevo ni a decir cuánto sale.
  • Un niño muere en un accidente de avión. La legislación aplicable obligaría a la compañía aérea a pagar un millón de euros a los padres del niño fallecido (caso real). Tasa: 300€ + (1M€  X 0.5%) = 5.300€
  •  Sanciones de tráfico
    • Leves, sin detracción de puntos (Multas de hasta 100€): tasa judicial: 200€, el doble de la multa.
    • Graves sin detracción de puntos (multas de 200€), tasa 200€, lo mismo que la multa.
    • Graves con detracción de puntos: 450€, es decir, un 225% del importe económico de la multa.
    • Muy graves (multas de 500€) con detracción de puntos. : 450€, es decir, algo menos que la multa
  • Y para hacer el ejemplo completo, uno real: 11.300€ tendrían que haber pagado al Estado de tasas unos padres que reclamaron 600.000€ de indemnización para su hija con gravísimos daños cerebrales en causados por una negligencia médica en un parto, y a los que solo les dieron la razón en el Tribunal Supremo(sentencia de 23-12-2002). Primera instancia: 3.300€; apelación 3.800€; casación 4.200€. Han leído bien: 11.300€. Y, claro, añadan a ello la tasa por pedir la ejecución si el condenado no paga voluntariamente. 
  • Y, lector,  su póliza de seguros de hogar que le garantiza la defensa jurídica gratuita no le cubre la tasa, y si se la cubre, como esto es un aumento importante de coste para la compañías si el proyecto sale adelante a usted le subirán la prima del seguro; lo mismo que la de su seguro de automóvil o de responsabilidad civil.

(ver fuente original)

La lista de absurdos que podría provocar esta ley son innumerables. Muchas veces, las reclamaciones se solucionan de forma amistosa porque ninguna de las dos partes tiene interés en ir a juicio. Pero ¿qué pasará cuando una de las partes tenga serios problemas económicos para ir a juicio y la otra no? ¿Qué pasará con esa aerolínea que sepa que su cliente no tiene capacidad para plantear una demanda tras haberle dejado en tierra por un overbooking? ¿y con el propietario de un piso que descubra que la fianza que debe devolverle a su inquilino es menor que las tasas que este tendría que pagar por reclamarla judicialmente? Estas tasas tienen el potencial de colocarnos a todos en una situación de indefensión.

Es importante señalar, eso sí, que de momento estas tasas se aplicarán únicamente a la justicia civil y no a la penal. Pero no debería extrañarnos que antes de que acabe la legislatura la medida haya sido ampliada a ambos tipos de justicia.

Llegados a este punto, es conveniente recordar que la administración no paga este tipo de tasas y, las empresas, a la práctica, tampoco (pueden desgravarlas). Nuevamente, el PP se ha sacado de la manga un impuesto que sólo pagaremos las personas de la calle, y los pequeños empresarios. Es fácil imaginarse las consecuencias que puede tener esta ley en forma de abusos laborales o de consumo. Si ya son famosos los excesos de bancos y empresas de telefonía ¿qué harán cuando sepan que a sus clientes seguramente no les interesaría reclamar unas cantidades que probablemente serán menores que las tasas que deberían abonar?

El gobierno defiende la necesidad de esta ley hablando de la saturación que viven los juzgados y la lentitud de la justicia. Y es cierto, los juzgados están saturados (posiblemente, porque tenemos una de las menores tasas de personal judicial por habitante de toda Europa). Pero resulta un tanto cínico hablar de saturación en los juzgados por parte de un ministerio de justicia que acaba de endurecer el que ya era uno de los códigos penales más duros de Europa. Si el gobierno realmente está preocupado por la saturación de los juzgados y no quiere aumentar el número de estos, debería racionalizar el código penal. Si considera que hay demasiada gente poniendo pleitos sin motivos reales para ello, debería aumentar las penas por demandas temerarias (que existen).

Lo que no se puede hacer es colocarnos en la situación de tener que hacer cálculos para determinar si podemos pagar el “lujo” de reclamar algo a lo que tenemos derecho, que al fin y al cabo, es por esto por lo que la gente plantea demandas. El acceso a la justicia es un derecho al que la Constitución le otorga, incluso, más importancia que el derecho a la sanidad.

Podría parecer que en realidad este problema no es tanto ya que los costes suelen cargarse al perdedor de un juicio. Pero esta postura olvida varios aspectos importantes: Que el resultado de un juicio siempre es incierto, que no siempre se condena al perdedor a costes y que, muchas veces el perdedor se declara insolvente, con lo que el demandante nunca recupera los costes.

Y, lo que es más importante de todo, que el dinero de las tasas debe pagarse por adelantado. Y que muchas veces los plazos son muy cortos. Si no reúnes el dinero suficiente antes de que se acabe el plazo, pierdes tu oportunidad.

Contra todo esto se están movilizando personas de todos los ámbitos del mundo judicial, incluyendo asociaciones de abogados, jueces, secretarios judiciales, fiscales, colegios de procuradores, asociaciones de derechos humanos, la OCU, sindicatos… incluso el Consejo del Poder Judicial realizó un informe desfavorable a esta ley.

La propia Verónica del Carpio, a la que hemos mencionado tanto en este artículo, ha redactado una carta a la defensora del Pueblo que nos gustaría invitaros a difundir y, claro está, a enviar. Existe también una recogida de firmas online.

 Para: ‘registro@defensordelpueblo.es’

Asunto: inconstitucional proyecto de ley de tasa judiciales ya en el Congreso. Importancia: Alta

Sra. DEFENSORA DEL PUEBLO

Buenos días. Soy ……… [datos de identificación completos, incluyendo dirección postal] y me dirijo a usted  por un  asunto urgente y grave en relación con el cual solicito su urgente intervención: el inconstitucional proyecto de ley de tasas judiciales en tramitación parlamentaria, ya acabada la fase de enmiendas en el Congreso y que se pretende que entre en vigor el 1 de enero de 2013.

El Tribunal Constitucional, siguiendo a los tribunales europeos,  sólo admite las tasas cuando por su importe no impidan el acceso a la jurisdicción por motivos económicos y ése va a ser el efecto sin ninguna duda. En Civil cualquier pleito civil normal y corriente costará 2.000€ y bastante más solo la demanda (efecto de la tasa variable, conforme al sistema de 300€ de tasa fija más el 0,5% de la “cuantía procesal”, es decir, del interés económico del pleito, por demanda en “juicios ordinarios”), con análogas cantidades en contencioso-administrativo; y en la jurisdicción social el trabajador o el pensionista para recurrir una sentencia desfavorable pagará 500€. Se pretende que abonen esas tasas en todas las jurisdicciones excepto la penal todas las personas físicas sin  derecho a justicia gratuita (el doble del IPREM por unidad familiar, poco más de 1.000€/mes) y jurídicas. Única excepción: el Estado en todas sus formas, y el Fiscal. Por materia ni siquiera excluido Derecho de Familia, salvo menores y alimentos. ¿Quién hay en España que pueda pagar 2.000 y 3.000 euros que resultan en cuanto hay un inmueble por medio o una reclamación de indemnización por muerte, o hasta los 400€ de mínimo de cualquier pleito sin cuantía, y ello contando solo primera instancia? No desde luego las familias que malviven con 1.100€ al mes; pero tampoco la gran masa de clase media.

Es el fin de Derecho del Consumo (se ve frotarse las manos a las compañías telefónicas, aéreas y demás empresas que sistemáticamente abusan de los consumidores)  y de la protección contra la arbitrariedad del Estado que confiere la jurisdicción contencioso-administrativa (¿quién recurrirá una expropiación injusta o reclamará por error médico en la Sanidad Pública, teniendo que poner de su bolsillo esas cuantías elevadísimas, o quién recurrirá una multa de tráfico arbitraria de 200€ cuando tiene que pagar de tasa el doble?); y en Derecho Civil, la ley del más fuerte. Ante la impunidad para el Estado y para el más poderoso, decir que volvemos a situación preconstitucional es decir muy poco. Ya es sangrante que el Estado no pague tasas y que a las empresas les resulta irrelevante tanto la tasa como cualquier otro gasto procesal (se deducen tanto las tasas como el IVA de sus abogados y procuradores al 21% y las minutas  completas de estos), mientras los particulares asumen tasas, IVA, gastos y minutas.

Abogados de todos los sectores e ideologías de toda España se están movilizando individual, colectiva e institucionalmente para conseguir la máxima difusión de lo que constituye un gravísimo atropello contra el Estado de Derecho, como repiten con rechazo categórico el Consejo General de la Abogacía Española y los Colegios de Abogados, para intentar evitar que salga adelante el proyecto al que se oponen todos los Grupos parlamentarios en la oposición y numerosos operadores jurídicos incluyendo fiscales y jueces, catedráticos de universidad, procuradores,  juristas de todo tipo, las asociaciones de consumidores, sindicatos y numerosas entidades.

Me dirijo a usted en la certeza de que tiene que compartir nuestra preocupación y no quedará  impasible ante tal ataque contra la esencia misma del Estado de Derecho, porque bajo ningún pretexto puede pretenderse descongestionar los juzgados a costa de la indefensión masiva e irreversible de los ciudadanosQue la Defensora del Pueblo alce su voz AHORA que todavía es posible evitar la aprobación del proyecto y exprese el tajante rechazo que sin duda le tiene que merecer el proyecto tiene mucho peso para evitar que haya que llegar a un recurso de inconstitucionalidad, porque en el largo camino hasta conseguir una sentencia del Tribunal Constitucional quedarían irremisiblemente perdidos los derechos de muchos ciudadanos. Está en juego el mismo Estado de Derecho. Gracias por su atención y un saludo.

Fdo. …..

 

 

5 respostes a “Envía una carta a la defensora del pueblo contra las nuevas tasas judiciales”

  1. David on

    L’enllaç de ‘recogida de firmas online.’ redirigeix a un article del diari farodevigo.es, no veig la possibilitat de firmar online.

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  2. Maria on

    Estaria bé muntar una campanya a un lloc com Avaaz o Change.org o alguna cosa així per donar-li més visibilitat a la petició, no?

    Respon

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