L’advocat Josep Jover ens ha fet arribar aquest comunicat, que reproduïm íntegrament:
En la sentencia que se conoció ayer, jueves 21 de octubre de 2010, donde Tribunal de Justicia ha dictaminado que la aplicación indiscriminada del canon digital en España no es conforme al Derecho Europeo.
El Tribunal considera que, DESDE EL MOMENTO DE PUBLICACIÓN DE LA DIRECTIVA, ha de existir una necesaria vinculación entre la aplicación del canon por copia privada y la utilización para realizar reproducciones privadas.