Y la historia se repite: CEDRO contra las Universidades

Todos recordamos el grandioso canon por copia privada. Un impuesto aplicado sobre los equipos, aparatos y materiales susceptibles de realizar copias de “obras divulgadas en forma de libros o publicaciones […], así como de fonogramas, videogramas o de otros soportes sonoros, visuales o audiovisuales”, tal y como constaba en el Real Decreto Legislativo 1/1996, del 12 de Abril. Los gobiernos del PP y el PSOE fueron avisados de la ilegalidad de dicha ley y ante la inacción de estos, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró ilegal la legislación española mediante su sentencia de 21 de octubre de 2010, al considerar ilegal cobrar la compensación por copia privada (el canon) a sujetos sin derecho a copia privada (empresas, administraciones públicas, ONGs y otras entidades).

Posteriormente, y contra la legislación española, el gobierno pretendió blindar los millones de euros recaudados de forma ilegal por las sociedades de gestión de derechos (con SGAE a la cabeza), vía el Real Decreto 1657/2012, mediante el que se declaró irrecuperable el canon pagado hasta el 1 de enero de 2012.

En esa ocasión, la principal beneficiada fue SGAE. Ahora lo va a ser CEDRO, que viene a ser “la SGAE de los libros”.

CEDRO

En 2010, CEDRO solicitó al Ministerio de Cultura una intervención para cobrar a las Universidades españolas unos derechos sobre obras digitalizadas que éstas colgaban en sus campus virtuales. La petición de CEDRO ascendía a 5 euros por alumno, unos 13.5 millones de euros en total.

El problema es que CEDRO estaba intentando cobrar por los derechos de autores que en ningún momento habían encargado su gestión a CEDRO. Según la entidad, su gestión alcanza unos 4 millones de obras, mientras que la red de bibliotecas universitarias contiene 29 millones. Las universidades solicitaron a CEDRO que mostrara la lista de socios cuyos derechos pretendían proteger, a lo que CEDRO se negó alegando que eso vulneraría la privacidad de sus socios, lo cual es ridículo (el autor ya aparece en el ISBN), y acto seguido, se retiró de la negociación.

Más tarde, CEDRO volvió demandando ante la jurisdicción civil a la Universidad de Barcelona, la Universidad Autónoma de Barcelona y la Universidad Carlos III de Madrid.

Cabe resaltar que las universidades nunca se negaron a pagar a CEDRO, pero no aceptaban un sistema de tarifa plana, y lo que propusieron fue pagar por el efectivo uso del repertorio de CEDRO. En el juicio de CEDRO contra la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB), CEDRO no consiguió cobrar lo que pretendía.

CEDRO gestiona muy pocos autores y muy pocas obras, pero al Ministerio de Cultura parece no importarle. Han redactado una reforma que propone la creación de un límite a la propiedad intelectual consistente en el derecho de los centros educativos a reproducir las obras de los autores, creando un canon a pagarles a éstos, canon gestionado obligatoriamente a través de CEDRO.

Esta excepción no figura en la legislación Europea, y ya sabemos lo que ocurrirá: dentro de 10 años el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declarará está excepción ilegal, a lo que el Estado promulgará una norma que impida recuperar las cantidades ya pagadas.

Pero con esta reforma CEDRO también obtiene la gestión del Open Access, expropiando el procomún. Con esta reforma, el Gobierno le otorga toda la gestión del conocimiento escrito, tenga esta asociación privada o no derechos sobre el mismo.

Con lo cual, se produce una situación de lo más irónica: las universidades, las mayores productoras de propiedad intelectual en formato libro y artículos, según la reforma pretendida por el Ministerio de Cultura, estarán obligadas a ceder la gestión de su patrimonio a una asociación privada, CEDRO, para que ésta les cobre una tarifa por publicar en sus propios campus virtuales obras de las que al universidad ya es dueña.

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